La norma, publicada en el diario oficial El Peruano, también establece que los propietarios o administradores de circos instalados en el país deberán cumplir con los lineamientos técnicos para el mantenimiento en cautiverio de la fauna silvestre, hasta la entrada en vigencia de la primera disposición complementaria final de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre.
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viernes, 30 de agosto de 2013
Circos con animales silvestres no podrán entrar al Perú
Los circos o espectáculos itinerantes que tengan como parte de su espectáculo a animales silvestres o exóticos no podrán ingresar a nuestro país, así lo determinó la Resolución Ministerial N° 0307-2013 del Ministerio de Agricultura y Riego.
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